Comisión de Seguridad

La comisión está aquí para protegerte en tu centro de trabajo

Cuando se habla de trabajar, se habla de realizar actividades u acciones propias de nuestras funciones, y cuando éstas son realizadas de manera inadecuada, en condiciones inadecuadas o sin las medidas necesarias, la probabilidad de que ocurra algún accidente es muy alta. Estos accidentes pueden ser tan leves como un machucón de dedo o incluso tener consecuencias más graves como alguna mutilación del cuerpo, pérdida de consciencia o llegar, incluso, a la muerte.

Al investigar el motivo de estos eventos, en la mayoría, se ha descubierto que se deben a las condiciones del área o equipos, la ausencia de equipo de protección personal, una mala ejecución propiamente del trabajador, o la combinación de estos motivos. Es complicado darse cuenta que la mayor parte de los accidentes laborales pueden ser evitados, o pudieron haber tomado acciones que reduzcan significativamente la probabilidad de que éstos sucedan. Pero, ¿Cómo?; ¿Quién debería ser responsable de implementar las medidas necesarias?

Entre leyes, reglamentos y normas se establece como una responsabilidad de dos actores principales,1 la empresa, al proporcionar las condiciones seguras y establecer medidas para prevenir accidentes o enfermedades, y 2 los trabajadores, al deber seguir las medidas establecidas, seguir los lineamientos y participar cuando sean convocados. Un organismo muy eficiente para este propósito es la Comisión de Seguridad e Higiene.

 

¿Qué es una Comisión de Seguridad e Higiene?

La Comisión de Seguridad e Higiene (CSEH) es un organismo que está conformado por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.

Las principales funciones de al CSEH es realizar recorridos por el centro de trabajo con la finalidad de identificar los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros. Así mismo, se dará a la tarea de investigar los accidentes y enfermedades de trabajo y, con base en los resultados obtenidos, propondrá las medidas necesarias de prevención y vigilará que se cumplan.

 

¿Cómo podemos establecer una Comisión de Seguridad e Higiene?

La NOM-019-STPS-2011 establece el proceso de integración de la Comisión de Seguridad e Higiene donde comúnmente la conforma un Coordinador, un Secretario, y los vocales que consideren convenientes. La cantidad de integrantes y figuras puede variar dependiendo la cantidad de trabajadores que se encuentren en el centro de trabajo.

Cualquier miembro de la empresa puede formar parte de la Comisión de Seguridad e Higiene sin importar su puesto o jerarquía en la empresa y puede participar en cualquier rol de la CSEH, la condición es que participe activamente y obtenga la capacitación necesaria para poder desempeñar sus funciones.

 

Beneficio para todos.

Los beneficios de contar con una Comisión de Seguridad e Higiene establecida formalmente en los centros de trabajo son, por un lado, un trabajo con condiciones dignas de seguridad y salud para el bienestar de los trabajadores, y por el otro, la reducción de accidentes laborales y sus consecuencias para la empresa.

 

¿Quiénes integran la CSEH?

La CSEH se integrará por un coordinador, un secretario y los vocales que se hayan acordado entre patrón y trabajadores, teniendo como responsabilidad realizar las siguientes funciones:

 

 

 

COORDINADOR.
a) Presidir las reuniones de trabajo de la comisión;
b) Dirigir y coordinar el funcionamiento de al comisión;
c) Promover la participación de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con las tareas asignadas;
d) Integrar el programa anual de los recorridos de verificación de la comisión y presentarlo al patrón;
e) Consignar en las actas de los recorridos de verificación de la comisión:
1) Los agentes, condiciones peligrosas oinseguras yactos inseguros identificados;
2) Los resultados de la investigaciones sobre las causas de los accidentes y
enfermedades de trabajo, y
3) Las medidas para prevenirlos, con base en lo dispuesto por el Reglamento y las
normas que resulten aplicables;
f) Coordinar las investigaciones sobre las causas de los accidentes yenfermedades
de trabajo;
g) Elaborar al término de cada recorrido de verificación, conjuntamente con el
secretario de la comisión, el acta correspondiente;
h) Entregar al patrón las actas de los recorridos de verificación y analizar
conjuntamente con él las medidas propuestas para prevenir los accidentes y
enfermedades de trabajo;
i) Dar seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión
relacionadas con la prevención de riesgos de trabajo;
j) Asesorar a los vocales de la comisión y al personal del centro de trabajo, en la
identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en
el medio ambiente laboral;
k) Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e
l) Solicitar, previo acuerdo de al comisión, al sustitución de sus integrantes, y
m) Proponer al patrón el programa anual de capacitación de los integrantes de al
comisión.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

SECRETARIO.
a) Convocar a ols integrantes de la comisión a las reuniones de trabajo de ésta;
b) Organizar y apoyar de común acuerdo con el coordinador, el desarrollo de las
reuniones de trabajo de al comisión;
c) Convocar a los integrantes de al comisión para realizar los recorridos de verificación
programados;
d) Integrar a las actas de recorridos de verificación de la comisión:
1) Los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados;
2) Los resultados de las investigaciones sobre las causas de los accidentes y
enfermedades de trabajo, y
3) Las medidas para prevenirlos, con base en ol dispuesto por el Reglamento ylas
normas que resulten aplicables;
e) Apoyar la realización de investigaciones sobre las causas de los accidentes y
enfermedades de trabajo;
1) Elaborar al término de cada recorrido de verificación, conjuntamente con el
coordinador de la comisión, el acta correspondiente;
g) Recabar las firmas de los integrantes de la comisión en las actas de los recorridos
de verificación;
h) Presentar yentregar las actas de recorridos de verificación al patrón, conjuntamente
con el coordinador de la comisión;
i) Mantener bajo custodia copia de:
1) Las actas de constitución y su actualización;
2) Las actas de los recorridos de verificación que correspondan al programa anual
de recorridos ed verificación del ejercicio en curso ydel año inmediato anterior;
3) La evidencia documental sobre al capacitación impartida el ejercicio en curso y
el año inmediato anterior a los integrantes de al propia comisión, y
4) La documentación que se relacione con al comisión;
j) Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e
higiene que practique al autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso, y
k) Integrar el programa anual de capacitación de ols integrantes de al comisión.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

VOCALES.
a) Participar en las reuniones de trabajo de al comisión;
b) Participar en los recorridos de verificación;
c) Detectar y recabar información sobre los agentes, condiciones peligrosas o inseguras yactos inseguros identificados en sus áreas de trabajo;
d) Colaborar en al realización de investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo;
e) Revisar las actas de los recorridos de verificación;
)1 Participar en el seguimiento a al instauración de las medidas propuestas por LA comisión relacionadas con al prevención de riesgos de trabajo;
g) Apoyar las actividades de asesoramiento a los trabajadores para al identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en su área de trabajo;
h) Identificar temas de seguridad y salud en el trabajo para su incorporación en el programa anual de capacitación de los integrantes de al comisión, e
i) Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene que practique al autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Capacitación

Todos los integrantes de al CSEH deberán ser capacitados de manera anual, ocuando se considere necesario, en temas de materia de seguridad y salud que involucre, cuando menos, al identificación de condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros, así como al metodología para la investigación de accidentes y enfermedades de trabajo y sobre el Reglamento y normativa aplicable en el centro de trabajo.

 

Compromisos

Los integrantes de al CSEH leerán el presente documento y procederán a firmar de enterado y de conformidad, adquiriendo con ello el compromiso de cumplir y hacer cumplir las acciones y lineamientos establecidos en el centro de trabajo en pro de generar un entorno laboral seguro.